Reabierto el programa de protección de pago

El Programa de protección de pago reanudó el procesamiento de nuevas solicitudes el 6 de julio a las 9:00 am EDT, en respuesta a la firma presidencial de la ley que extiende el programa. La nueva fecha límite para solicitar un préstamo bajo el Programa de protección de pago es el 8 de agosto de 2020.

Información de préstamos del Programa de protección de pago

El Programa de protección de pago ofrece préstamos diseñados como incentivos directos para que las pequeñas empresas conserven a sus trabajadores en la nómina.

La SBA condonará los préstamos si se cumplen todos los criterios de retención de empleados, y los fondos se usan para los gastos elegibles. Haga clic aquí para leer más acerca de la condonación de un préstamo PPP.

Cómo solicitarlo

Puede presentar su solicitud a través de prestamistas 7(a) de la SBA, de instituciones de depósitos y cooperativas de crédito aseguradas federalmente, e instituciones del Sistema de Crédito Agrícola participantes. Una vez que sean aprobados e inscritos en el programa, estarán disponibles otros prestamistas regulados para conceder estos préstamos. Consulte con su prestamista local para saber si participa en el programa. Vea una lista de prestamistas en cada estado que estén participando en el Programa de protección de pago (solo en inglés).

Si desea comenzar a preparar su solicitud, puede descargar una muestra de la  solicitud para el Programa de protección de pago (versión 24 junio de 2020) para ver la información que se le pedirá cuando tramite su solicitud con un prestatario.

Materiales suplementarios

Normas de afiliación (solo en inglés)

Información de recuperación en otros idiomas

Detalles del préstamo y condonación

El préstamo podrá ser perdonado por completo si los fondos se destinan a pagar nómina, intereses hipotecarios,  arriendo y servicios públicos (debido a que es probable que haya una alta suscripción al Programa, por lo menos 60% del monto condonado deberá haber sido usado para la nómina).

  • Los préstamos PPP tienen una tasa de interés de 1%
  • Los préstamos otorgados antes del 5 de junio tienen un vencimiento de dos años;  préstamos otorgados después del 5 de junio tienen un vencimiento de 5 años
  • El pago de los préstamos también se diferirá por seis meses
  • No se requieren avales ni garantías personales
  • Ni el gobierno ni los prestamistas les cobrarán a las pequeñas empresas cargo alguno

Condonación del préstamo

El perdón está basado en que la empresa conserve o vuelva a contratar rápidamente a los empleados y en que mantenga el nivel de los salarios.  La condonación será menor si se reduce el número de empleados de tiempo completo o se disminuyen sueldos y salarios. El formulario e instrucciones para la condonación de préstamo incluyen varias medidas para reducir las cargas de cumplimiento y simplificar el proceso para los prestamistas, los cuales incluyen:

  • Opciones para que los prestamistas puedan calcular el costo de la nómina mediante un “período alternativo de nómina contable” que se adapta a los ciclos contables usuales de la nómina del prestamista
  • La flexibilidad para incluir gastos elegibles, ya sean de nómina, gastos aparte de la nómina, o que se hayan ocasionado durante el período de 24 semanas después de recibir su préstamo PPP
  • Instrucciones paso a paso para hacer las calculaciones necesarias (bajo la ley CARES) para confirmar la elegibilidad para la condonación de un préstamo
  • Facilitar la ejecución de exenciones reglamentarias a la reducción del perdón del préstamo para prestamistas, basadas en volver a contratar empleados hasta el 30 de junio
  • La agregación de una nueva exención a la reducción de la condonación de préstamo para prestamistas quienes hayan hecho una oferta, por escrito y de buena fe, para volver a contratar empleados quienes no aceptaron esta oferta
Quién puede solicitarlo

Pueden solicitarlo las siguientes entidades afectadas por el coronavirus (COVID-19):

  • Toda pequeña empresa que cumpla con las normas de tamaño de la SBA (ya sea la norma de tamaño de la industria o la norma alterna)
  • Propietarios únicos, contratistas independientes y personas auto empleadas
  • Toda empresa con un código NAICS que empiece con 72 (servicios de alojamiento y comida), tenga más de una localidad física y emplee menos de 500 personas por localidad
  • Toda empresa, organización no lucrativa 501(c)(3), organización de veteranos 501(c)(19), o empresa de tribu (sec. 31(b)(2)(C) de la Ley de Pequeñas Empresas) que son mayor  de lo siguiente:
    • Tener 500 empleados
    • Cumplir con la norma de la SBA sobre el tamaño de industria si tiene más de 500 empleados

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